Carta de resguardo
Documento que avala el pago de las prestaciones hospitalarias que las clínicas en convenio otorgan a nuestros asociados.
Hospitalización de urgencia
En el caso que una atención de urgencia derive en una hospitalización, el afiliado tendrá 48 horas hábiles para solicitar carta de resguardo en oficinas de Bienestar, presentando documentos que respalden la hospitalización.
Hospitalización programada
En caso de una hospitalización programada, el afiliado deberá solicitar carta de resguardo en oficinas de Bienestar con 7 días de anticipación a la hospitalización, deberá presentar presupuesto del programa medico valorizado por la Isapre y/o Fonasa.
*Para ambas hospitalizaciones; Cursada el alta del paciente se iniciará el proceso de generación de la cuenta.
El asociado tendrá un plazo de 10 a 15 días hábiles para retirar su cuenta y presentarla en su sistema de salud correspondiente para la bonificación de ésta, la que se realizará conforme a los plazos establecidos por cada una de ellos.
Conocido el copago final, el asociado deberá cancelar el programa (compra de bonos).
En caso de que el asociado no presente los bonos del programa médico en el plazo indicado, la Clínica facturará el total de los servicios prestados a Bienestar.
Las Clínicas realizarán los cobros a costo particular cuando el beneficiario no regularice su atención.